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Portabilidad Numérica

FAQ de la Portabilidad Numérica

¿Qué es Portabilidad Numérica?
Se llama portabilidad numérica al proceso que permite a los abonados de telefonía fija (Servicio Telefónico Fijo Conmutado) y móvil (Servicio Móvil Personal) a mantener su número telefónico, independiente del operador de servicio de telecomunicaciones escogido.
La portabilidad numérica en las telefonías fija y móvil fue aprobada por el Consejo Director de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel), el día 7 de marzo de 2007. La oferta da portabilidad para los abonados de servicios de STFC y SMP se inició el 1º de septiembre de 2008, por determinación de Anatel, y deberá estar disponible en todo el País hasta marzo de 2009.

 ¿Cuál es el papel de ABR Telecom como Entidad Administradora?
La Resolusión número 460 de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel), de 19 de marzo de 2007, definió el papel de la entidad administradora de la Portabilidad Numérica en Brasil en los términos del Reglamento General de Portabilidad (RGP).

El modelo de portabilidad numérica, en Brasil, prevé que la entidad administradora es la gestora de todo el proceso de implementación y, por medio de una Base de Datos Nacional de Referencia (BDR), actualizará permanentemente la Base de Datos Operacional (BDO) de los operadores. La BDO actualizada permitirá el correcto encaminamiento de las llamadas de los abonados, independiente de cual prestador de telefonía sea el número de origen o de destino.

Los procedimientos técnicos y operacionales de ese modelo fueron establecidos por el Grupo de Implantación de la Portabilidad (GIP) y aprobados por Anatel. El GIP es compuesto por representantes de Anatel, de los prestadores del Servicio de Telecomunicaciones Fijo Conmutado y del Servicio Móvil Personal y de la entidad administradora, con la atribución de elaborar el cronograma detallado de actividades y acompañamiento de la implantación de la portabilidad en todo el territorio nacional.

¿Quién puede cambiar de operador y número?
Todos los abonados de telefonía fija y móvil de las localidades donde la portabilidad numérica esté implantada de acuerdo con el calendario ya establecido por Anatel. El cronograma de implementación de la portabilidad numérica incluye gradualmente en el proceso a todos los 27 estados y los 5.563 municipios brasileños hasta marzo de 2009.

La conservación del número telefónico, sea fijo o móvil, sólo será posible en la misma localidad, esto es, en la telefonía fija, la portabilidad será posible dentro del área local (el municipio o conjunto de localidades con continuidad urbana). En el caso del servicio móvil, la conservación del número podrá ser dentro del área de registro (que corresponde al mismo DDD).

El cambio se puede realizar solo entre operadores de red fija entre si y de móvil entre si. El cambio no se podrá hacer de número fijo para móvil o viceversa.

¿Cómo saber en que operador está un determinado número telefónico?
ABR Telecom da esta información en la sección Consulta de Operador por Número.

¿Cómo solicitar la portabilidad numérica?
Para obtener el beneficio da portabilidad, el abonado de teléfono fijo o móvil deberá solicitar al prestador de servicios de telecomunicaciones para donde pretende migrar (prestador receptor), el cual será responsable por el encaminamiento del pedido.

Atención: El prestador de servicios telefónicos receptor debe proveer al abonado, en el acto del registro de la solicitación de portabilidad, número de protocolo de la nota con identificación secuencial.

¿Cuál es el plazo para atender el pedido de Portabilidad Numérica?
El primer año de implantación del servicio, ese proceso se concluirá en hasta cinco días útiles, desde que todos los criterios para el cambio sean atendidos. A partir del segundo año de existencia de portabilidad numérica, el cambio será realizado en hasta tres días útiles. También es posible marcar, al abonado, la fecha de transferencia de operador para después de cinco días útiles.

¿Cuál es el plazo para cancelar el pedido de Portabilidad Numérica ya realizado?
Después del pedido de cambio de operador, el abonado tiene dos días útiles para desistir del cambio y comunicar la decisión al operador al que había pedido para migrar.

 


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